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¿Qué hace el Congreso con la seguridad vial?

¿Qué hace el Congreso con la seguridad vial?

Jul 01, 2021

30 años tardaron en reconocer el derecho a la movilidad segura y llevan 6 "dictaminando" la primera ley que lo haga posible, ¿qué tanto entienden los legisladores de seguridad vial? 

 

Por Georgina Hidalgo Vivas

La movilidad segura es un concepto que emergió en las leyes mexicanas en 2012 y en tan solo diez años ha evolucionado del ámbito del tránsito, el transporte y la vialidad a considerarse un elemento clave en la gestión de las ciudades. 

Este cambio de enfoque requiere de nuevas leyes centradas en las personas y nuevos hábitos sociales basados en la prevención, pero sobre todo de legisladores preparados y visionarios que los mexicanos, lamentablemente, no tenemos, a juzgar por los 6 años que han tardado las dos pasadas legislaturas (LXIII y LXIV) en dictaminar la primera Ley General de Movilidad y Seguridad Vial que garantice efectivamente el derecho a trasladarnos de forma segura, accesible, equitativa y sustentable en todas las calles y carreteras del país.

 "Tardamos 30 años en conformar un concepto regulatorio de movilidad y aún en cuatro estados (Chiapas, Guerrero, Tlaxcala, Zacatecas) siguen vigentes las primeras leyes de transporte de más de 22 años. Como derecho, la movilidad se reconoce en la constitución de 5 estados (CDMX, Edomex, Nuevo León, Oaxaca y Quintana Roo), 15 estados lo hacen en sus leyes de movilidad, aunque en 3 se complementan con otra ley", dice el consultor de Céntrico, Xavier Treviño 

De las 16 leyes analizadas en su Radiografía de las leyes de movilidad, un diagnóstico legislativo y normativo sobre Movilidad y Seguridad Vial a nivel país, Céntrico encuentra que Jalisco fue la primera legislatura que hizo una ley de movilidad en 2013, aunque fue la CDMX la primera que reconoció el derecho a la movilidad en 2014. Chihuahua cuenta con la Ley de Comunicaciones y Transporte más nueva, fue aprobada en 2020. 

De todas, solo en Quintana Roo, Nayarit y Guanajuato está claro y definido el concepto de movilidad y en 7 se enumeran principios. Ocho de 16 leyes no retoman el concepto de sistema seguro, 2 hablan de diseño de calles y 2 más establecen manuales de diseño vial con conceptos de confort, accesibilidad sustentabilidad y seguridad. 

Todas preveen registros de información, solo 9 especifican que serán de licencias, vehiculos y choferes, en 4 se agregan accidentes. En cuanto a la prioridad regulatoria, el 65 % está dedicada al subsistema de movilidad, 24 % al de circulación y tránsito, 7 % a la gestión de demanda, principalente de estacionamientos y el 4 % a insfraestructura vial
 

DATOS CURIOSOS

  • La movilidad segura comenzó a cundir como un tema de Derechos Humanos (en el Informe Especial del derecho a la movilidad. ITDP/CDHDF, 2012) pues efectivamente se trata de los llamados derechos de tercera generación o económicos sociales, realtivos al nivel de vida de las personas. 
  • La primera ley que definió la movilidad en el país fue la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) en 2016. Dice en su Art 3, f XXV que: "movilidad es la capacidad, facilidad y eficiencia de traslado o desplazamiento de personas y bienes en el territorio priorizando la accesibilidad universal, así como la sustentabilidad de la misma”. También fue la primera en tener un título completo de movilidad.
  • Coahuila es un caso extremo de respeto al ciclista ya que reconoce "el derecho humano al uso de la bicicleta como medio de transporte”.
  • Guanajuato es un caso innovador que establece que los recursos producto de la enajenación de los vehículos de Trasporte Público sean destinados a sistema estatal de ciclovías.
  • La de Quintana Roo es la redacción más afortunada en torno al derecho a la movilidad pues lo remata: “favoreciendo en todo momento la protección más amplia” de los usuarios de la vía. 

¿Calles para todos?

En general, la legislación de movilidad que tenemos los mexicanos apenas si puede definir claramente los conceptos de Espacio Público. Calle, Vialidad y Via pública. En ninguna se definen los cuatro juntos y cuando se hace es para regular el transporte publico más que la infraestructura vial. En todos casos se define como "espacios desinados al tránsito, la prestacion de servicios y la colocación de mobiliario y dejan fuera actividades de ocio, descanso, juego, comercio y consumo. 

El diagnóstico de Céntrico va al grano:

Son leyes centradas más en instrumentos de control, que en obligaciones de los tres niveles de gobierno. El sujeto clave no son las autoridades sino los particulares, cuando en realiad el gran impacto en la movilidad está relacionado con la acción pública.

Corresponsabilidad, nuevo sistema

Con más optimismo, Céntrico observa una coyuntura única para hacer realidad la primera #LeyMovilidadSegura del país, un ordenamiento-paraguas que corresponsabilice a todos los niveles de gobierno para actuar, ordene, coordine, disponga recursos y sistematize la seguridad vial para la protección de las personas y que abreve de todo lo bien hecho en los estados, que han sido históricamente los que han empujado el tema de la movilidad segura. 

"Esta ley es un espacio de innovación, consolidación de buenas prácticas legislativas y ejemplo de federalismo. Que haya varias iniciativas en el congreso es positivo pues indica interés", dijo Treviño.

Lo cierto es que al momento hay varias iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados y la de Senadores y ningún dictamen que detenga la masacre diaria de 44 personas que ocurre en las calles del país. Del 17 de junio pasado, día que venció el plazo constitucional para tener la Ley General de Movilidad y seguridad Vial, sobre las espaldas de los senadores mexicanos hay ya 500 muertos, según el conteo diario de la CoalicionMS 

 

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